RETIE Y RETILAP

Asesorías en el cumplimiento de los reglamentos técnicos RETIE Y RETILAP

¿Qué es el RETIE?

El primero de mayo de 2005 entró a regir en Colombia el Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas - RETIE.

Este reglamento establece medidas que garanticen la SEGURIDAD de las personas, de la vida animal y vegetal y de la preservación del medio ambiente; previniendo, minimizando o eliminando los riesgos de origen eléctrico.

¿A qué se aplica el RETIE?

  • Toda instalación eléctrica nueva.
  • Toda ampliación de una instalación eléctrica.
  • Toda remodelación de una instalación eléctrica que se realice en los procesos de generación, transmisión,    transformación, distribución y utilización de la energía eléctrica.
  • Personas que intervienen en la instalación.
  • Instalaciones de corriente continua mayores o iguales a 50 V y de corriente alterna entre 25 V y 500 kV.
  • Instalaciones eléctricas de frecuencia inferior a 1000 Hz.
  • Instalaciones públicas o para la prestación del servicio público y privadas.
  • Instalaciones de menos de 10 KVA no les cubre la obligatoriedad de tener diseños eléctricos.
  • Para la Inspección de Instalaciones eléctricas solo se podrá otorgar “Aprobado” o “No Aprobado”.

¿Inspección eléctrica?

Inspección es la revisión de una instalación utilizando la observación, medición, verificación y evaluación, en búsqueda de evidencias objetivas, que indiquen que una instalación eléctrica fue realizada cumpliendo con los requerimientos establecidos por el Reglamento Técnico de Instalaciones eléctricas RETIE y RETILAP.

Realización de la Inspección

Durante la inspección se realizarán las siguientes actividades:

  • Revisión de diseños, cálculos y demás documentación propia del proyecto eléctrico.
  • Verificación de la conformidad de los productos usados.
  • Visitas de seguimiento y verificación en terreno.
  • Registro en bitácora del inspector las observaciones y comentarios.
  • Solicitud de acciones correctivas cuando se detecten no-conformidades.
  • Mediciones y ensayos que establezca el RETIE y RETILAP.

Emisión del certificado de conformidad

La conclusión del proceso de inspección es el DICTAMEN de conformidad con el RETIE y/o RETILAP, el cual será entregado al final del cumplimiento de los requisitos y aspectos técnicos.

¿Qué es el RETILAP?

A partir del 1 de abril de 2010, empezó a regir el ReReglamento Técnico de Iluminacion y Alumbrado Publico-RETILAP para las empresas que trabajan en el sector de la iluminación  y el alumbrado público.

Este reglamento establece los requisitos y medidas que deben cumplir los sistemas de iluminación y alumbrado público, tendientes a garantizar: los niveles y calidades de la energía lumínica requerida en la actividad visual, la seguridad en el abastecimiento energético, la protección del consumidor y la preservación del medio ambiente; previniendo, minimizando o eliminando los riesgos originados por la instalación y uso de sistemas de iluminación.

 

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¿Quiénes deben cumplir el RETILAP?

  • PERSONAS

    Este Reglamento deberá ser observado y cumplido por todas las personas naturales o jurídicas que DISEÑEN, CONSTRUYAN, MANTENGAN y EJECUTEN actividades relacionadas con las instalaciones de iluminación y Alumbrado Público. Así como por los productores, importadores y comercializadores de los productos objeto del reglamento.

    El responsable del diseño deberá entregar un documento suscrito y firmado por él donde se manifieste que el diseño cumple los requisitos aplicables del RETILAP; y responderá por los efectos de esa iluminación.

  • PRODUCTOS

    Son objeto del presente reglamento los productos usados en sistemas de iluminación contemplados en la Tabla 110-3.1 del reglamento, los cuales son de mayor utilización en iluminación y alumbrado público y están directamente relacionados con el objeto y campo de aplicación de este Reglamento, tales productos deben demostrar su conformidad con el RETILAP, mediante un certificado de producto

¿A qué tipo de instalaciones aplica el RETILAP?

El Reglamento Técnico se aplica a toda instalación de iluminación o alumbrado público y privado construida, ampliada o remodelada a partir de su entrada en vigencia, de conformidad con:

  • INSTALACIONES DE ILUMINACIÓN NUEVAS.

    Se considera instalación de iluminación nueva aquella que se construya con posterioridad a la fecha de entrada en vigencia del RETILAP.

  • AMPLIACIÓN DE INSTALACIONES DE ILUMINACIÓN.

    Se entenderá como ampliación de una instalación de iluminación la que implique aumento de área con requerimiento de iluminación, instalación de nuevas fuentes de iluminación, modificación de las potencias de las fuentes, montaje adicional de dispositivos, equipos y luminarias.

  • REMODELACIÓN DE INSTALACIONES DE ILUMINACIÓN Y ALUMBRADO PÚBLICO.

    Se entenderá como remodelación de una instalación de iluminación la sustitución de dispositivos, equipos, controles, luminarias y demás componentes de la instalación de iluminación. La parte remodelada deberá demostrar la conformidad con el reglamento.

 

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